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Recordando a Muso

Carter y yo
Fecha de Publicación: 01/08/2020
Tema: Valores
 

Este artículo fue publicado originalmente por su autor, Manuel Ayau Cordón en el diario El Imparcial, el 4 de julio de 1978.
La diferencia entre el presidente Carter y yo, aparte del tamaño de la casaen que vivi­mos, es que él está a favor de los derechos humanos y yo, a favor de los derechos de los humanos.

Hoy día se mencionan mu­chos derechos humanos, y sur­gen campeones de los derechos humanos, auto nombrados. El presidente Carter es uno de és­tos, y yo también. Sin embargo, sospecho que nuestro enfoque del problema es tan diferente que resultamos ser opositores.

¿Acaso hay un derecho hu­mano más importante que el de cada persona a sustentar su vi­da misma? ¿El derecho a ser propietario de su cuerpo, y de lo que de él emana: energía, ideas, iniciativa y sentimientos? ¿El derecho a ser exclusivo due­ño de las cosas y cualidades propias de su ser, necesarias para sustentar y gozar la vida? ¿El derecho a la libertad de usar su propio escaso tiempo de vi­da, para las finalidades por él escogidas? ¿El derecho de libre albedrío de escoger entre opor­tunidades alternativas pacíficas, como buscar su propia feli­cidad?

Quizá no sobre intercalar aquí lo que, sin embargo, es su­perfluo estrictamente hablando, y es que si tal derecho se le re­conoce a los individuos, tal re­conocimiento establece límites a lo que las personas que desean convivir en sociedad pueden hacer impunemente. Quien no respeta el derecho y la libertad ajena no puede esperar recipro­cidad de los demás, especial­mente porque no respetar los derechos y la libertad de los de­más constituye un acto de agre­sión violenta, que justifica la defensa de quien es agredido. No es posible participar pací­ficamente en una organización de personas sin aceptar previa­mente respetar las reglas del juego. Y es así como el recono­cimiento del derecho individual es al mismo tiempo la restric­ción última a los actos de los hombres en sociedad.

Dicho lo anterior, así en for­ma abstracta y general, supon­go que si lo acepta Carter. Sus incongruencias surgen al traducirlas a la realidad, a lo con­creto y específico, al diario vi­vir.

El derecho a la propiedad ex­clusiva de sí mismo es la liber­tad, y es el derecho humano más fundamental. Negarlo se­ría estar a favor de la esclavi­tud. Sin embargo, expresar es­te derecho en tal forma me pa­rece que provoca repulsa y creo que se debe al empleo de las palabras: “propiedad exclusiva” (privada y libertad).

Atribuyo esa repulsa al hecho de que aceptar ese derecho en forma llana, franca y clara ha­ría imposible negar racional­mente lo que son sus lógicas y congruentes consecuencias.

Primero: Que nadie más tiene de­recho a lo que una persona lle­ga a adquirir como consecuencia del ejercicio de su derecho a la propiedad exclusiva de su ser, a su tiempo de vida, siempre que en el proceso de adquisición haya respetado el igual derecho de otros; es decir, que no utilice coerción o enga­ño. El único límite al derecho de posesión es la legitimidad del proceso de adquisición.

Segundo: Como consecuencia, se violan los derechos humanos cuando unos hombres establecen cualquier otro límite cuantitati­vo a lo que las personas ad­quieren, no importa si quien es­tablece los otros límites es un lord feudal, un dictador, o un grupo de hombres, sin importar si son pocos o muchos hombres.

Tercero: Dado que es legítima la defensa que un hombre ejerce cuando se le pretende despojar del usufructo del producto de su esfuerzo, de su inventiva y de su tiempo de vida, obtenido respetando el igual derecho de los demás, se violan los derechos humanos al legalizar tal despo­jo, pasando una ley que obliga a quien comanda la fuerza pú­blica a hacer cumplir dicha legislación impidiendo así, con la fuerza o la amenaza de la fuer­za, que el individuo pueda de­fender la posesión de lo que tie­ne derecho fundamental a poseer.

Cuarto: Del reconocimiento del derecho de posesión exclusiva del propio ser, se desprende que su participación, renovada a diario, en la organización lla­mada sociedad, constituye un medio por el hombre escogido para su conveniencia, y no al revés.

Por lo tanto, se viola el de­recho de propiedad exclusiva de su ser y de su tiempo de vida, cuando se le expropia sin pa­go, el producto de su esfuerzo para el uso de otros que no lo produjeron, llamándole a lo des­pojado «contribución social». Si el hombre tiene derecho a la vida, «la sociedad» no puede ser lógicamente un ente con derechos, pues éstos son individuales.

Los ejemplos anteriores cho­can con la corriente ideológica predominante, pues de ellos se derivan conclusiones inaceptables para quienes la solución invariable del problema de Pe­dro es quitarle a Juan. Choca con la ideología de quienes sos­tienen que la justicia social consiste en la igualdad de resonadas materiales de los actos de los hombres. Choca con las creencias de quienes creen que la riqueza del mundo es una cantidad fija y que la riqueza de unos es la causa de la pobre­za de otros.

Aparte del doble patrón que Mr. Carter y sus voceros utili­zan para juzgar cuando recla­man los derechos de algunos humanos, me parece que ha ol­vidado los derechos humanos de los norteamericanos, al no pro­poner la abolición de la legisla­ción que redistribuye el produc­to del derecho de propiedad del ser humano:

1. Tasas Impositivas que dis­criminan según cuánto tiene o produce un individuo (impuesto sobre la renta).

2. Obligación de unos de sos­tener a otros, quienes escogen no aceptar un puesto de trabajo con menor sueldo («seguro» obligatorio de desempleo).

3. Obligación de unos de pa­gar salarios mayores a los que mutuamente, empleador y em­pleado, están dispuestos a con­traer libremente (salarios mí­nimos).

4. Tasas impositivas para im­pedirque unos hombres le com­pren a otros hombres y tengan así que comprarle a un tercero que libremente no hubiera es­cogido (impuestos proteccionis­tas de importación).

5. Desistir de la práctica de desvalorizar el ingreso real de quienes, en su vejez, subsisten de pensiones y seguros que compraron con su trabajo cuan­do eran más jóvenes, mediante el expediente de desvalorizar el dólar. (Evitar el impuesto lla­mado inflación).

Y así, se podrían citar innu­merables ejemplos delegislación «humanitaria» basada en el principio que el hombre no es dueño exclusivo de su propio ser, de sus ideas, su energía, su tiempo de vida, su trabajo y sus esfuerzos y sacrificios, que «la sociedad» es dueña del hom­bre, y en su magnanimidad le deja ser propietario de parte de su ser, y todas esas ideas des­tructoras del derecho humano fundamental que Mr. Carter podría comenzar a tratar de corregir.

Se podrá argumentar hasta la saciedad sobre la conveniencia detodas esas reformas socia­les. Pero no veo cómo se pueden conciliar, lógica y congruente­mente, con el derecho a la vida. Y esto me recuerda lo que exclama el personaje de los chistes de Peanuts, Carlitos «­Amo a la humanidad. Es a la gente que no aguanto».

Quizá Carter lo diría así: «Estoy a favor de los derechos humanos. Es a los derechos de los humanos a los que me opongo».